Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió el amparo deducido en contra de la Municipalidad de Palena, relativo a la entrega de información sobre viáticos pagados y viajes efectuados entre el 28 de junio de 2021 y el 28 de junio de 2023. Se ordenó entregar la información correspondiente a los numerales 1), 2), 4), 5), 6) y 8) de la solicitud, y se tuvo por entregada la relativa a los ítems 3) y 7), ya que el órgano reclamado la proporcionó durante el procedimiento y la reclamante no manifestó disconformidad. Lo anterior, por tratarse de información pública que obra en poder del órgano requerido, conforme al artículo 8° inciso segundo de la Constitución y los artículos 5° y 10 de la Ley de Transparencia, permitiendo rendir cuenta del uso de recursos públicos. Si parte de ella no obra en su poder, deberá comunicarlo al solicitante y al Consejo, indicando las razones. Se apercibió al órgano con las sanciones del artículo 46 de la Ley de Transparencia ante la no entrega oportuna.