Resumen
La Contraloría General de la República rechazó la reclamación de una funcionaria de un servicio de salud, quien objetó su traslado desde un centro de salud familiar a una unidad de capacitación, donde pasó de atender usuarios a ejercer labores de secretaria. El órgano de control señaló que los jefes de servicio, conforme al artículo 31 de la ley N° 18.575, están facultados para trasladar y asignar funciones al personal según las necesidades del servicio, siempre que las tareas correspondan a la planta a la que pertenece el funcionario. En este caso, la recurrente es titular de la planta administrativa y las nuevas labores son propias de dicho estamento, por lo que el traslado se ajustó a derecho. Respecto a las condiciones físicas del nuevo lugar de trabajo, la Contraloría no se pronunció por falta de antecedentes que sustentaran los reparos.