Resumen
La Contraloría General de la República desestimó la impugnación de un exfuncionario del Ejército contra su calificación que lo incluyó en Lista N° 4, lo que implicó su alejamiento del servicio, y contra sanciones disciplinarias. Se determinó que, conforme al artículo 53 de la ley N° 19.880, el plazo de dos años para invalidar actos administrativos contrarios a derecho había transcurrido, pues la calificación fue notificada en septiembre de 2013 y las sanciones se impusieron en 2012 y 2013, mientras que la presentación fue de diciembre de 2015. Respecto al accidente de junio de 2010, se indicó que, según los artículos 232 y 233 del Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, las investigaciones sumarias para determinar si ocurrió en acto del servicio deben iniciarse dentro de los tres años siguientes, plazo también vencido. Sobre la falta de entrega de antecedentes, se señaló que el reclamo corresponde al Consejo para la Transparencia.