Resumen
El tribunal tributario y aduanero de la región de la araucanía no dio lugar al reclamo presentado por el abogado steven mackay paslack, en representación de sociedad agrícola ganadera y forestal galvarino limitada, en contra de la notificación de infracción nº1448974, con fecha 9 de agosto de 2018, cursada por la ix dirección regional del servicio de impuestos internos, por infracción descrita y sancionada en el artículo 97 n°10 del código tributario. el tribunal estimó al efecto que se constató que el infraccionado no emitió documentos tributarios tales como como boleta o factura, por la venta de madera según sus registros internos de venta, constatados personalmente por fiscalizadores del servicio de impuestos internos. en cuanto a la aplicación de multa se tuvo presente lo dispuesto por el artículo 107 nº 1 del código tributario, esto es la calidad de reincidente del contribuyente quien anteriormente fue notificado por otra infracción de la misma especie con fecha 22 de mayo 2018. asimismo, se consideró la circunstancia del nº 5 del artículo 107, en cuanto al perjuicio fiscal que pudiese derivarse de la infracción en atención al monto y actividad desarrollada por el contribuyente, resolviendo aplicar una multa equivalente al 100% del monto de la operación y clausura de 4 días en el establecimiento que se cometió la infracción.