Resumen del criterio jurisprudencial
El artículo 35 de la ley N° 14.908 aplica solo a las transferencias de dinero efectuadas por CORFO o sus intermediarios a personas naturales en las situaciones que se señalan.
El artículo 35 de la ley N° 14.908 aplica solo a las transferencias de dinero efectuadas por CORFO o sus intermediarios a personas naturales en las situaciones que se señalan.
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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.