Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la reclamación de una funcionaria de un servicio de salud, quien cuestionó su ubicación en el tramo III para el pago de la asignación de estímulo por experiencia y desempeño funcionario, por no considerarse todo su tiempo de servicio en la Administración. El organismo concluyó que no corresponde contabilizar como antigüedad en la institución el tiempo trabajado en otro servicio de salud, pues la normativa aplicable, específicamente el artículo 4° del decreto N° 117, de 1997, del Ministerio de Salud, establece que el criterio de antigüedad para dirimir empates en las evaluaciones se refiere a la permanencia en la institución de que se trate. Por ello, se ajustó a derecho la corrección efectuada por el empleador, que excluyó el período servido en el Servicio de Salud Metropolitano Sur.