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Reclamo en contra de liquidaciones de impuestos que liquida impuesto al valor agregado,…

Sentencia · Tribunal Tributario y Aduanero · 2016

Resumen

Reclamo en contra de liquidaciones de impuestos que liquida impuesto al valor agregado, impuesto a la renta de primera categoría y reintegro del artículo 97 de la ley de la renta. primeramente, solicita la nulidad de las liquidaciones y en segundo lugar reclama derechamente de las liquidaciones 257 a 286 del año 2011. sostiene la reclamante que en base a los argumentos expresados en la liquidación en el concepto a, lo que correspondía era cursar una infracción, que en la misma liquidación se cita la aplicación del artículo 8° de la ley de impuestos a las ventas y servicios sin especificar cuál de todos los hechos gravados que contienen le subsume su actividad. respecto al concepto b, indica que la liquidación no expresa cuál de las salas de fileteo no se habrían arrendado con iva y cuales si, como tampoco cuales se facturaron con iva y cuáles no. finalmente en cuanto al concepto c indica que conforme al artículo 31 n° 1 dela ley de la renta, en ninguna parte alude a la proporcionalidad del iva en la forma de calcular su procedencia o no, de modo que este concepto de funda en sus consecuencias y no en su causa. el servicio evacuando el traslado solicita el rechazo del reclamo en todas sus partes. el tribunal procede a fijar los puntos sustanciales y pertinentes controvertidos. en base a los antecedentes del proceso el tribunal señala que la falta de precisión de las liquidaciones podría haber configurado la causal de invalidación invocada por la reclamante, sin embargo, a la fecha tal perjuicio habría desaparecido por lo que su concurrencia era requisito indispensable para acceder a la pretensión, en tal sentido rechaza el reclamo en este punto. de igual forma y teniendo presente la prueba rendida y el hecho de que en el terminal pesquero metropolitano s.a. se arriendan inmuebles amoblados y con instalaciones que permiten el ejercicio de una actividad comercial, a criterio de esta sentenciadora configura el hecho gravado especial contenido en la letra g) del artículo 8 del d.l. n° 825 de 1974 por lo que el tribunal procede a confirmar las liquidaciones reclamadas en lo tocante a la efectividad de verificarse las observaciones plasmadas en el concepto b. en consecuencia, se procede a rechazar el reclamo. la corte de apelaciones de san miguel confirmó la sentencia definitiva de primera instancia. la corte suprema rechaza el recurso de casación en el fondo deducido.

Normas citadas

  • Código Tributario
  • Ley 19.880
  • Oficio N° 4766
  • Ley 18.320
  • Ley de Impuesto a las Ventas y Servicios
  • Oficio N° 4274
  • Ley N° 18.575
  • D.L. N° 825

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