Resumen del criterio jurisprudencial
El reclamante, administrador electoral del candidato a Concejal por Chillán, impugnó la resolución N°G17380 del Servicio Electoral que aprobó la cuenta general de ingresos electorales con una observación (N°2) por compra de volantes sin declarar brigadistas asociados. Acompañó una captura de pantalla de la plataforma de rendición online. El Tribunal Calificador de Elecciones consideró la baja significación económica del gasto y acogió la reclamación, teniendo por subsanada la observación y aprobada la cuenta sin observaciones.