Resumen
Se presenta reclamo en contra de liquidación de impuestos que determinó diferencias de impuestos de primera categoría para el a.t. 2011. el servicio evacuando el traslado solicita el rechazo íntegro del reclamo puesto que las circunstancias que rodearon la emisión del acto reclamado, se hizo en base a la declaración de impuesto a la renta que informó una pérdida tributaria que da un valor negativo debiendo ser positivo, lo cual fue impugnado y puesta en conocimiento mediante citación que posteriormente fue respondida acompañando una propuesta rectificatoria sin antecedentes suficientes que permitieran validarla. del mérito del proceso se procedió a recibir la causa a prueba fijando para tales efectos 4 puntos de prueba que fue objeto de reposición con apelación en subsidio, resolviéndose no ha lugar a la reposición deducida y sancionando con la deserción la apelación subsidiaria por no haber dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 197 del c.p.c. el tribunal concluye que la reclamante no satisfizo el estándar probatorio de acreditar el punto 2 de prueba en todo cuanto pretende impugnar la liquidación reclamada, en tal sentido deberá rechazarse el reclamo confirmándose con ello el obrar del servicio. lo mismo ocurre en el caso de señalar cuales serían los ítems que componen la parida de los gastos rechazados, no logrando acreditar si cumplen con los requisitos legales para darle el tratamiento tributario declarado por la reclamante. se resuelve no dar lugar al reclamo. se presenta recurso de apelación en contra de la sentencia definitiva. la ilustrísima corte de apelaciones confirma la sentencia apelada. frente al recurso de casación, éste es rechazado por la excelentísima corte suprema.