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El Consejo para la Transparencia acoge el amparo deducido contra el Gobierno Regional d…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

Resumen

El Consejo para la Transparencia acoge el amparo deducido contra el Gobierno Regional de Antofagasta y ordena entregar información sobre recursos económicos transferidos a federaciones y clubes de rodeo, con el detalle solicitado. Se trata de información pública cuya entrega no fue acreditada, sin que se invocaran causales de secreto o reserva. Previamente, el órgano deberá tarjar datos personales y sensibles de contexto, conforme a la Ley sobre Protección de la Vida Privada. Además, se apercibe con las sanciones del artículo 46 de la Ley de Transparencia ante el incumplimiento, y se ordena acreditar la entrega efectiva ante el Consejo.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 19.628
  • Artículo 11º de la Ley 20.285
  • Ley N° 18.575
  • Oficio N° 587
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Un órgano público debe entregar información sobre recursos transferidos a organizaciones privadas si no invoca una causal de secreto o reserva?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió el amparo y ordenó al Gobierno Regional de Antofagasta entregar la información sobre recursos transferidos a federaciones y clubes de rodeo, al tratarse de información pública cuya entrega no fue acreditada y sin que se invocaran causales de secreto o reserva.

¿Qué debe hacer un organismo público con datos personales contenidos en documentos que debe entregar por transparencia activa o pasiva?

En este caso, el Consejo ordenó que, antes de la entrega, el órgano tarje los datos personales y sensibles de contexto, conforme a la Ley sobre Protección de la Vida Privada, y que acredite luego la entrega efectiva ante el Consejo.

¿Qué consecuencias tiene para un órgano público no cumplir una orden de entrega de información del Consejo para la Transparencia?

En este caso, el Consejo apercibió al Gobierno Regional de Antofagasta con las sanciones del artículo 46 de la Ley de Transparencia ante un eventual incumplimiento de la orden de entregar la información.

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