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La Contraloría General de la República se pronunció sobre si funcionarios de la Junta N…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2010

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre si funcionarios de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, suspendidos preventivamente en sumarios administrativos, conservan el derecho al incentivo por desempeño de la ley 20.213. Concluyó que durante la suspensión preventiva el inculpado mantiene el total de sus remuneraciones, incluido ese incentivo, y que si el fiscal propone la destitución y mantiene la suspensión, solo tiene derecho al 50% de ellas, comprendiendo en ese porcentaje el beneficio. Respecto de la denuncia de acoso laboral, precisó que el investigador puede disponer la suspensión de funciones como medida preventiva, y que el fiscal no está obligado a informar al inculpado sobre las consecuencias remuneratorias de esa decisión. Finalmente, ordenó reconsiderar en lo pertinente el dictamen N° 18.472, de 2009.

Normas citadas

  • ley 20213 art/uni
  • ley 19882 art/trigésimo cuarto dto 283/2008 educa art/16 inc/3
  • ley 18834 art/72 dfl 29/2004 hacie
  • ley 18834 art/136 inc/1 ley 18834 art/136 inc/2
  • ley 18834 art/136 inc/3
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Un funcionario público suspendido preventivamente en un sumario administrativo conserva el incentivo por desempeño de la ley 20.213?

Sí. En este caso, la Contraloría General de la República concluyó que durante la suspensión preventiva el inculpado mantiene el total de sus remuneraciones, incluido el incentivo por desempeño de la ley 20.213.

¿Qué ocurre con el sueldo de un funcionario suspendido si el fiscal propone su destitución y mantiene la suspensión?

En este caso, la Contraloría sostuvo que, si el fiscal propone la destitución y mantiene la suspensión, el inculpado solo tiene derecho al 50% de sus remuneraciones, comprendiendo en ese porcentaje el beneficio por desempeño.

¿El fiscal debe informar al inculpado de las consecuencias remuneratorias de la suspensión preventiva en un sumario por acoso laboral?

No necesariamente. En este caso, la Contraloría precisó que el investigador puede disponer la suspensión de funciones como medida preventiva y que el fiscal no está obligado a informar al inculpado sobre sus consecuencias remuneratorias.

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