Resumen del criterio jurisprudencial
Exfuncionarios que se indica se encontraban en los supuestos descritos por los dictámenes N°s. E23881 y E31880, ambos de 2020, que ahora se reconsideran. La ley Nº 19.490 y el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, exigen que, para acceder al pago de las bonificaciones de estímulo por experiencia funcionaria y de desarrollo y estímulo al desempeño colectivo, el beneficiario debe estar en servicio al momento de su pago.