El Consejo para la Transparencia rechazó el amparo presentado contra el Ejército de Chi…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024
Resumen
El Consejo para la Transparencia rechazó el amparo presentado contra el Ejército de Chile por la negativa a entregar las actas de las J.S.O.S.J. y de la Junta de Apelación del período 2022-2023. El Consejo consideró que dicha información puede servir para determinar la composición y fuerza numérica del personal del Ejército, afectando la seguridad de la Nación, y que las actas son secretas según la Ley Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas. Se aplicó el criterio de decisiones previas del Consejo y se configuró la causal de reserva del artículo 21 N°5 de la Ley de Transparencia, en relación con el artículo 436 N°1 del Código de Justicia Militar y el artículo 26 de la ley N°18.948.
Normas citadas
Ley N° 20.285
Ley N° 19.880
Ley N° 18.948
Ley N° 18.575
Oficio N° 4767
Artículo 4 de la ley N° 18.948
Artículo 26 de la ley N° 18.948
Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo
Preguntas frecuentes
¿Son secretas las actas de las juntas de calificación del personal del Ejército según la legislación chilena?
En este caso, el Consejo sostuvo que dichas actas tienen el carácter de secretas conforme a la Ley Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas, en relación con el artículo 436 N°1 del Código de Justicia Militar y el artículo 26 de la ley N°18.948. Con ese fundamento, rechazó la entrega de la información.
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