Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge parcialmente el deducido en contra de Gendarmería de Chile, relativo a la entrega de resoluciones exentas que instruyen sumarios instruidos por el órgano relativos a procedimientos de utilización de gas pimienta e incautación de sustancias ilícitas. Lo anterior, por cuanto se trata de información de naturaleza pública, respecto de lo cual el órgano no explicó suficientemente como la divulgación de las referidas resoluciones exentas, atendido su contenido, implicaría una afectación presente o probable y con suficiente especificidad a la seguridad nacional, el debido cumplimiento de las funciones del órgano o la seguridad del personal. A su vez, previo a la entrega, el órgano deberá tarjar aquella información que permita individualizar aspectos propios de la gestión interna de Gendarmería de Chile al interior de los penales, teniendo en consideración que la reclamada se encuentra en mejor posición para determinar la información que debe ser anonimizada a fin de no afectar el debido cumplimiento de sus funciones. Además, la reclamada deberá reservar aquellos datos personales y sensibles de contexto contenidos en los documentos pedidos, cuya entrega pueda poner en riesgo la seguridad de su personal. Por otra parte, se rechaza el amparo respecto a la entrega del resto de los antecedentes que forman parte de los expedientes sumariales -distintos a las resoluciones exentas que los instruyen-. Lo anterior, toda vez que la divulgación de los documentos pedidos -donde consta información sobre la identidad y disposición del personal en los módulos del establecimiento penitenciario, entre otros-, podría exponer a los funcionarios, que mantienen contacto periódico con los internos, a eventuales situaciones de riesgo que comprometan su seguridad e integridad física. Además, permitiría dar cuenta de pautas estratégicas que dan cuenta de la forma precisa en que opera el órgano en la disposición de su personal con el fin de controlar situaciones de riesgo en una unidad penal determinada, afectándose con ello, tanto la eficacia de la reclamada en el debido cumplimiento de sus funciones, particularmente la de velar por la seguridad interior de los establecimientos penales, así como la seguridad de la nación. A mayor abundamiento, en los documentos consultados constan datos personales y sensibles de los internos, relativos a informes de salud, cuya divulgación implicaría una afectación presente o probable y con suficiente especificidad al derecho de protección de datos personales de los titulares. Aplica criterio contenido en la decisión de amparo.