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El Consejo para la Transparencia acoge el amparo deducido contra la Corporación Municip…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

Resumen

El Consejo para la Transparencia acoge el amparo deducido contra la Corporación Municipal de Cultura de San Clemente y ordena entregar, en formato Excel, el listado de donaciones o aportes realizados por personas jurídicas privadas desde el 28 de junio de 2021 hasta la fecha de la solicitud, con las indicaciones consultadas. Se trata de información pública conforme al artículo 8° de la Constitución y a los artículos 5° y 10 de la Ley de Transparencia, sin que se hayan alegado causales de reserva. Si la información no obra en su poder, deberá comunicarlo al solicitante y al Consejo. Hubo voto disidente de una consejera, quien estimó que debe protegerse la identidad de las personas jurídicas donantes, por no existir norma expresa que ordene su publicidad.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Ley 3.063
  • Decreto Ley 3.063
  • Código Tributario
  • Artículo 35 del Código Tributario
  • Ley 19.247
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Es pública la información sobre las donaciones o aportes que recibe una corporación municipal de cultura de personas jurídicas privadas?

En este caso, el Consejo para la Transparencia sostuvo que sí es información pública, porque no se alegaron causales de reserva, y ordenó entregar el listado de donaciones o aportes de personas jurídicas privadas en formato Excel.

¿Qué debe hacer un organismo si no tiene en su poder la información solicitada por transparencia?

En este caso, el Consejo ordenó que, si la información no obra en poder de la corporación municipal, ésta debe comunicarlo al solicitante y al propio Consejo, en lugar de entregar datos que no tiene.

¿Debe protegerse la identidad de las personas jurídicas que hacen donaciones a una corporación municipal?

En este caso, el Consejo acogió el amparo y no protegió la identidad de los donantes; una consejera disidente sostuvo que debía resguardarse, por no existir norma expresa que ordene su publicidad.

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