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Es una causa que tiene su origen en la fiscalización del servicio de impuestos internos…

Sentencia · Tribunal Tributario y Aduanero · 2024

Resumen

Es una causa que tiene su origen en la fiscalización del servicio de impuestos internos con motivo del programa denominado “auditoria plan regional” relacionado con la fiscalización del correcto cumplimiento de la declaración y pago del impuesto al valor agregado de la ley sobre impuestos a las ventas y servicios, conforme a lo dispuesto en el artículo único de la ley n° 18.320 de 1984 y cuyo alcance se extendía, asimismo, a aquellas operaciones que se rigen por las normas del decreto ley n° 825 de 1974 que tengan incidencia en la determinación del impuesto a la renta, y en la que el ente fiscalizador liquidó impuestos a la contribuyente por estimar no se acreditaron los servicios que constan en facturas de un proveedor por pago mensual de “servicios de administración”, los que la reclamante defiende como servicios de gestión, soporte logístico, tecnológico y administrativo, necesarios para producir la renta. la parte reclamante logró acreditar en autos la efectividad de los servicios impugnados por el sii, obteniendo sentencia favorable en primera instancia, fallo que fue confirmado por la ilustrísima corte de apelaciones de punta arenas.

Normas citadas

  • Ley N° 18.392
  • Resolución Ex. N° 1187
  • Código Civil
  • Ley de Impuesto a la Renta
  • Código Tributario
  • Ley N° 18.591
  • Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios
  • Artículo 124 del Código Tributario

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