El Consejo para la Transparencia rechazó el amparo deducido contra el Ministerio Secret…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024
Resumen
El Consejo para la Transparencia rechazó el amparo deducido contra el Ministerio Secretaría General de Gobierno, relativo a la entrega de la dirección particular de autoridades y funcionarios contenida en las bitácoras de los automóviles fiscales del año 2023. El órgano reclamado había tarjado los domicilios particulares, invocando la protección de la vida privada. El Consejo estimó que el proceder del órgano se ajustó a la normativa, pues develar esa información vulneraría el derecho a la privacidad de los titulares, configurándose la causal de reserva del artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia. En consecuencia, acordó por unanimidad rechazar el amparo, por estimar que la publicidad de esos datos personales afectaría la esfera privada de las personas aludidas.
Normas citadas
Ley 19628 1999 - Ley de protección de la vida privada
Constitución Política de la República
Ley de Transparencia
Reglamento de la Ley de Transparencia
amparoDecisión de Fondo
Preguntas frecuentes
¿Procede entregar la dirección particular de funcionarios que aparece en bitácoras de vehículos fiscales si se pide por Ley de Transparencia?
En este caso, el Consejo para la Transparencia rechazó el amparo y sostuvo que tarjar los domicilios particulares fue ajustado a la normativa, porque su publicidad afectaría la vida privada de los titulares y se configuraba la causal de reserva del artículo 21 N° 2.
¿Qué causal de reserva permite negar el acceso a datos personales de autoridades y funcionarios en la Ley de Transparencia?
Según esta resolución, la causal aplicable es la del artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia, que protege el derecho a la privacidad de las personas aludidas en los documentos solicitados.
¿El Consejo para la Transparencia puede ordenar la entrega de domicilios particulares de funcionarios públicos contenidos en registros administrativos?
En este caso, el Consejo acordó por unanimidad no ordenar la entrega, al estimar que divulgar esos datos personales vulneraría la esfera privada de las personas, por lo que rechazó el amparo deducido contra el Ministerio Secretaría General de Gobierno.
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