Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
Administrativo

La Contraloría General de la República se pronunció sobre cláusulas en contratos a hono…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre cláusulas en contratos a honorarios de la Superintendencia de Pensiones que permitían el pago íntegro de honorarios durante licencias médicas y permiso postnatal parental, además del subsidio correspondiente. El ente contralor determinó que dichas estipulaciones vulneran el criterio que impide otorgar a servidores a honorarios mayores beneficios económicos que los funcionarios públicos regidos por la ley N° 18.834, ya que estos últimos solo reciben el subsidio durante tales períodos. Asimismo, la cláusula no fijaba un tope para el pago durante el postnatal, contraviniendo lo dispuesto en el artículo 198 del Código del Trabajo y el dictamen N° 17.881 de 2014. En consecuencia, instruyó a la Superintendencia de Pensiones modificar los contratos para ajustarlos a dichos criterios, informando a la Contraloría.

Normas citadas

  • ley 10336 art/6
  • CTR art/198
  • CTR art/197 bis
  • dl 3500/80 art/16
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Pueden los contratos a honorarios en el sector público pagar el total de los honorarios durante una licencia médica o el postnatal además del subsidio?

No. En este caso, la Contraloría General de la República determinó que las cláusulas de la Superintendencia de Pensiones que permitían el pago íntegro de honorarios durante licencias médicas y el permiso postnatal, sumado al subsidio, vulneran el criterio que impide otorgar a servidores a honorarios mayores beneficios que a los funcionarios regidos por la ley N° 18.834, quienes solo reciben el subsidio.

¿Es válido en un contrato a honorarios estatal no fijar un tope para el pago durante el postnatal?

No. En este caso, la Contraloría sostuvo que la cláusula que no fijaba un tope para el pago durante el postnatal contravenía el artículo 198 del Código del Trabajo y el dictamen N° 17.881 de 2014, por lo que debía ajustarse.

¿Qué debe hacer un organismo público si sus contratos a honorarios contienen cláusulas que contravienen estos criterios de la Contraloría?

En este caso, la Contraloría instruyó a la Superintendencia de Pensiones a modificar los contratos para ajustarlos a dichos criterios y a informar al organismo contralor una vez realizados los cambios.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2015 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • La Contraloría General de la República se pronuncia sobre la legalidad de una cláusula…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2023

  • La Contraloría General de la República resolvió una reclamación contra la Municipalidad…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2026

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre el caso de una trabajadora co…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre el derecho al permiso postnat…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre el reclamo de una trabajadora…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.