Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
AdministrativoAcoge

El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo contra la Dirección de V…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo contra la Dirección de Vialidad del MOP, por la negativa a entregar información sobre las gestiones realizadas para mantener caminos interiores de la comuna de Teno. El Consejo consideró que se trataba de información pública, que la derivación efectuada por el órgano era improcedente y que no se había invocado causal de secreto o reserva alguna. Ordenó su entrega, previa tarja de datos personales y sensibles de contexto conforme a la Ley de Protección de la Vida Privada, en virtud del principio de divisibilidad. Rechazó, en cambio, la parte relativa a copias de catastros y planos de caminos generados por parcelaciones de la reforma agraria, porque el órgano derivó oportunamente esa petición al organismo que la custodia, según el artículo 13 de la Ley de Transparencia.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.628
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Un órgano de la administración puede derivar una solicitud de información pública sin invocar una causal de secreto o reserva?

En este caso, el Consejo para la Transparencia consideró improcedente la derivación efectuada por la Dirección de Vialidad del MOP, porque no se había invocado causal de secreto o reserva alguna. Ordenó entregar la información requerida.

¿Qué datos personales pueden tarjarse al entregar información pública sobre gestiones administrativas?

Según esta resolución, el Consejo ordenó entregar la información previa tarja de datos personales y sensibles de contexto conforme a la Ley de Protección de la Vida Privada, aplicando el principio de divisibilidad. Así se protege la privacidad sin negar el acceso al resto del contenido.

¿Es procedente pedir copias de catastros y planos de caminos a un órgano que no los custodia?

En este caso, el Consejo rechazó la parte de la solicitud sobre copias de catastros y planos de caminos de parcelaciones de la reforma agraria, porque el órgano la derivó oportunamente al organismo que la custodia, según el artículo 13 de la Ley de Transparencia.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2022 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • El Consejo para la Transparencia resolvió un amparo de acceso a la información presenta…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

  • El Consejo para la Transparencia acoge el amparo deducido contra el Servicio Agrícola y…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2025

  • El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido contra la Dirección de Viali…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

  • El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra el Servicio Agrícol…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

  • El Consejo para la Transparencia rechazó el amparo presentado contra la Dirección de Vi…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2026

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.