Resumen del criterio jurisprudencial
Se resuelve: i.- se confirma el acta de denuncia n°4 de fecha 28 de marzo de 2016, por cuanto se tipifica el tipo infraccionar tributario denunciado en dicha acta, configurándose lo dispuesto en el artículo 97 n°12 del código tributario ii.- apliquese una multa de una unidad tributaria anual a la imputada, abarrotes quilicura limitada, rut 78.286.030-5 iii.- conforme lo dispuesto en el artículo 6° letra b número 6 del código tributario, dese cumplimiento por parte de la sr. director regional del servicio de impuestos internos, vez ejecutoriada la presente sentencia.