Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre si el tiempo empleado por un profesional funcionario del Hospital Dr. F.B.C. en su formación de subespecialista debe contabilizarse para el pago de la asignación de antigüedad regulada en la ley N° 19.664. El dictamen recuerda que este estipendio se otorga por cada tres años de ejercicio en los servicios de salud. Luego, aplica el artículo 43 de la ley N° 15.076, que permite a las universidades otorgar becas, previo concurso, para perfeccionamiento en especialidades médicas, criterio que se extiende a subespecialidades. Si bien el profesional cursó un programa en la Pontificia Universidad Católica de Chile, no constaba que hubiera accedido a él por concurso ni que tuviera el diploma respectivo. Por ello, la Contraloría concluyó que ese período de formación sólo será útil para la asignación de antigüedad si el interesado acredita ante su empleador el cumplimiento de esas exigencias.