Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre si el tiempo cumplido por una profesional como becaria de especialización médica puede computarse para la asignación de antigüedad. El órgano recordó que el artículo 43 de la ley N° 15.076, aplicable por remisión de la ley N° 19.664, permite becas de especialización de uno a tres años, incompatibles con cualquier trabajo profesional, y que sus instituciones empleadoras deben reconocer ese tiempo siempre que el becario posea el certificado de especialista otorgado por la universidad al término de la beca. Conforme a su jurisprudencia, solo procede el cómputo si se cumplen esos requisitos. Analizados los antecedentes, constató que la interesada realizó una beca de especialización en pediatría impartida por la Universidad de Chile, desempeñándose en el Hospital Paula Jaraquemada, actual Hospital Clínico San Borja Arriarán. En consecuencia, concluyó que ese tiempo le será útil para el pago de la asignación de antigüedad, siempre que acredite ante su empleador contar con la certificación de la especialidad.