Laboral

La Dirección del Trabajo care­ce de competencia para pronun­ciarse si un cierre intempe…

Resumen del criterio jurisprudencial

La Dirección del Trabajo care­ce de competencia para pronun­ciarse si un cierre intempes­tivo de la empresa, adeudándo­se cotiza­ciones previsionales, produciría el efecto de mante­ner vigentes los contratos de trabajo previsto en el artícu­lo 162, incisos 1º y 5º del Código del Trabajo, por lo que no sería pertinente asimilar el contenido de Oficio Nº 4777, de 10.11.2000, a dicho cierre intempestivo de la em­presa.

Accede al fallo completo

Inicia sesión para ver el tribunal, el rol de la causa, la fecha, el texto íntegro y analizar el fallo con inteligencia artificial.

Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.