Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo en contra de la Municipalidad de Teno, ordenando la entrega de los documentos solicitados, que forman parte de una investigación sumaria en curso. El Consejo consideró que se trata de información pública, conforme al artículo 8°, inciso segundo, de la Constitución y a los artículos 5°, inciso segundo, y 10 de la Ley de Transparencia, y desestimó la causal de reserva del artículo 21 N° 1, letra b), invocada por el organismo. La resolución fija un plazo para la entrega y advierte que el incumplimiento puede acarrear las sanciones del artículo 46 de la Ley de Transparencia, incluida una multa para la autoridad requerida. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, aunque los órganos de la Administración no pueden interponerlo cuando la denegación se fundó en la causal del artículo 21 N° 1.