El Consejo para la Transparencia acogió un amparo de acceso a la información presentado…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023
Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo de acceso a la información presentado contra la Municipalidad de Teno. La municipalidad, al formular sus descargos ante el Consejo, había accedido a entregar información adicional a la solicitante, y el Consejo ordenó que esa información sea efectivamente entregada dentro del plazo fijado, contado desde que la decisión quede ejecutoriada. Se advierte que el incumplimiento puede acarrear multas de 20% a 50% de la remuneración correspondiente en conformidad al artículo 46 de la Ley de Transparencia, duplicadas y con suspensión en el cargo si la jefatura persiste en su actitud. El órgano debe acreditar la entrega ante el Consejo. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos desde la notificación, conforme a los artículos 28 y siguientes de la ley, sin que proceda el recurso de reposición del artículo 59 de la Ley 19.880.
Normas citadas
Ley N° 20.285
Ley N° 19.880
Ley N° 18.575
Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si una municipalidad no entrega la información que se comprometió a dar durante un amparo de acceso a la información?
En este caso, el Consejo para la Transparencia ordenó a la municipalidad entregar la información adicional ofrecida dentro del plazo fijado, contado desde que la decisión quede ejecutoriada, y advirtió que el incumplimiento puede acarrear multas y, si persiste, suspensión en el cargo de la jefatura.
¿Cuánto tiempo hay para reclamar de una decisión del Consejo para la Transparencia en un amparo de acceso a la información?
En este caso, el Consejo indicó que contra su decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos desde la notificación, sin que proceda el recurso de reposición del artículo 59 de la Ley 19.880.
¿Puede una municipalidad evitar la orden de entregar información si ofrece entregarla durante el procedimiento de amparo?
En este caso, la municipalidad había accedido a entregar información adicional a la solicitante en sus descargos, y el Consejo igualmente ordenó que esa información sea efectivamente entregada, debiendo el órgano acreditar su entrega ante el Consejo.
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