Resumen del criterio jurisprudencial
Se resuelve: i.- no ha lugar al reclamo interpuesto por ruben javier palacios chiguailao reparación integral de automoviles eirl,rut 52.005.015-9, sociedad del giro de mantención y reparación de vehículos automotores, en contra de la liquidación n°214000000187,de fecha 22 de junio de 2015, emitida por la dirección regional santiago poniente del servicio de impuestos internos, la cual determinó diferencias entre la información que obra en las bases de datos del servicio y lo declarado por la sociedad en el formulario 22,correspondiente al periodo tributario 2012. en consecuencia: i.- se rechaza íntegramente el reclamo. ii.- confírmese la liquidación n°214000000187, de fecha 22 de junio de 2015, emitida por la dirección regional santiago poniente del servicio de impuestos internos. iii.- no se condena en costas, por haber tenido motivo plausible para litigar.