Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la procedencia de sancionar disciplinariamente a un funcionario del Servicio Médico Legal de Antofagasta, cuyo proceso sumarial había sido propuesto con una sanción correctiva. El organismo constató que el funcionario, que había sido Director de un Servicio de Salud, presentó una renuncia no voluntaria y fue reincorporado al día siguiente, quedando así desvinculado de la Administración durante un día. Conforme a su jurisprudencia, la discontinuidad de funciones impide sancionar a quien cesó antes del inicio del sumario. Aplicando el artículo 157, letra b), de la ley N° 18.834, concluyó que la responsabilidad administrativa se había extinguido por el cese de funciones al momento de ordenarse la instrucción, y dispuso que la superioridad emita la resolución que declare dicha causal.