Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de una exfuncionaria de Carabineros de Chile que pedía el pago del bono de permanencia del artículo 2° transitorio de la ley N° 20.104. Este beneficio exige, por una parte, acreditar entre veinte y veintiún años de servicios efectivos a la fecha de publicación de la ley, ocurrida el 27 de abril de 2006, y, por otra, contar con al menos veintinueve años de servicios efectivos al momento del retiro. Según los antecedentes entregados por Carabineros de Chile, la recurrente tenía catorce años de servicios a la publicación de la ley y veintisiete años al retirarse, por lo que no cumplía ninguno de los requisitos. En consecuencia, el organismo concluyó que no le asistía derecho a percibir la bonificación.