Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la aplicación del artículo segundo transitorio del decreto con fuerza de ley N° 26, de 2008, del Ministerio de Salud, que exime de requisitos en el encasillamiento. Según su jurisprudencia, estas normas tienen carácter excepcional y deben aplicarse restrictivamente. Por ello, el amparo del funcionario sólo alcanzaba al desempeño del cargo de grado 13 en la planta profesional que ocupaba al entrar en vigencia la norma. Desde el 1 de enero de 2009 fue designado a contrata en grado 10, asimilado a la planta profesional, cargo que exigía título profesional, requisito que no cumplía por contar sólo con un título técnico de nivel superior. En consecuencia, no procede que ocupe ese cargo, aunque sí puede continuar en el grado 13 o acceder a otro si cumple los requisitos del decreto con fuerza de ley N° 27, de 2008. Además, se reconoció que concurren los requisitos de funcionario de hecho, por lo que tiene derecho a remuneración por el período correspondiente y sus actuaciones son válidas. El oficio de la Contraloría Regional de Los Ríos fue complementado en tal sentido.