Resumen del criterio jurisprudencial
El tribunal tributario y aduanero resolvió acoger el reclamo infraccional aduanero, en contra de las multas de aplicadas en las actas n°s 1107 y 1108, ambas de fecha 24.08.2021, correspondientes a las denuncias n°s 1197296 y 1198061, toda vez que de conformidad con lo previsto en el articulo 170 de la ordenanza de aduanas, la facultad del servicio nacional de aduanas para sancionar los hechos descritos en las denuncias fue ejercida fuera del plazo de prescripción contemplado en esa norma legal, lo cual consta de los documentos acompañados al proceso, y el allanamiento del servicio de aduanas administración de san antonio.