Resumen
La Contraloría General de la República complementó sus oficios Nos. 72.699 y 74.925, ambos de 2013, respecto de una consulta sobre el cobro de patente comercial municipal en la comuna de Talagante. Se concluyó que, en las actividades afectas al tributo, como la venta de vino embotellado desde 2006, corresponde determinar la patente sobre el capital propio del contribuyente, mientras que los activos destinados a actividades primarias no gravadas, como la producción de nueces, manzanas y uva, deben deducirse de la base de cálculo. Se ordenó a la municipalidad determinar ese capital propio, incluyendo reajustes e intereses por todos los períodos de ejercicio de la actividad afecta, e informar lo obrado en un plazo de 30 días desde la recepción del dictamen.