Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre si una funcionaria del Servicio de Salud Araucanía Sur, que ocupa un cargo de la planta directiva, tiene derecho a la asignación por mejoramiento del trato a los usuarios establecida en el artículo 1° de la ley N° 20.646, modificada por la ley N° 20.717. El Servicio sostuvo que el personal directivo no tiene derecho a este beneficio. El organismo contralor concluyó que la asignación se otorga en razón de la planta a la que pertenece el cargo y no del nivel educacional del funcionario, y que la norma beneficia solo a las plantas auxiliar, profesional, técnica y administrativa, sin incluir la directiva. Por ello, determinó que la funcionaria no tiene derecho a percibir dicha asignación.