Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de una persona contratada por el Hospital Las Higueras que pedía beneficios estatutarios, como feriados, permisos y licencias médicas. El organismo concluyó que no procede otorgarlos. Explicó que el artículo 36, letra g), del DFL N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, permite a los directores de los establecimientos de autogestión en red celebrar contratos de prestación de servicios, con un gasto que no puede exceder el 20% del presupuesto del establecimiento. Esos contratos se rigen por la Ley N° 19.886 y su reglamento. Para montos menores a 100 UTM basta la orden de compra aceptada por el proveedor, sin exigir contrato. Como no existe una vinculación estatutaria con la Administración, el hospital actuó conforme a derecho al no otorgar esos beneficios.