Resumen
La Contraloría General de la República concluyó que se ajustó a derecho la denegación de la solicitud de regularización de posesión material de un inmueble mediante el procedimiento del decreto ley N° 2.695, de 1979. La interesada y sus hermanos habían ejercido la posesión por más de treinta años y solicitaron la regularización ante la SEREMI. La autoridad regional rechazó la petición porque el inmueble figuraba inscrito a nombre de un tercero que, según el Servicio de Registro Civil e Identificación, falleció intestado y sin descendencia, por lo que correspondía a una herencia deferida al Fisco, excluida del procedimiento por el inciso segundo del artículo 8° del mismo decreto ley, y se inició la declaración de herencia vacante. El órgano contralor estimó que la resolución denegatoria expresaba su fundamento, correspondía a una de las excepciones legales y no presentaba irregularidades, considerando además que los recursos administrativos fueron tramitados y resueltos. Se indicó que, una vez radicada la propiedad en el Fisco, la interesada puede solicitar al Ministerio de Bienes Nacionales regularizar su ocupación conforme al decreto ley N° 1.939, de 1977.