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La Contraloría General de la República se pronunció sobre una solicitud de regularizaci…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre una solicitud de regularización de título de dominio rechazada por el Conservador de Bienes Raíces de San Miguel, quien exigió antecedentes adicionales sobre títulos anteriores y una cesión de derechos. El organismo fiscalizador señaló que carece de competencia para revisar el criterio del Conservador, por tratarse de un auxiliar de la administración de justicia sujeto a la Corte de Apelaciones. No obstante, instruyó al Ministerio de Bienes Nacionales —a través de su Secretaría Regional Ministerial— que adopte las medidas necesarias para que la resolución que aceptó la solicitud pueda inscribirse, debiendo acompañar todos los documentos requeridos por el Conservador, conforme a los artículos 10 y 11 del decreto ley N° 2.695 y a la facultad del Ministerio de solicitar información a dichos funcionarios. La Contraloría ordenó además informar de lo resuelto al recurrente.

Normas citadas

  • ley 19880 art/7
  • ley 19880 art/9
  • COT art/539
  • dl 2695/79 art/10
  • dl 2695/79 art/11
  • dl 2695/79 art/42 lt/a
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿La Contraloría puede revisar el criterio de un Conservador de Bienes Raíces que rechaza la inscripción de un título de dominio?

En este caso, la Contraloría General de la República sostuvo que carece de competencia para revisar el criterio del Conservador de Bienes Raíces, por tratarse de un auxiliar de la administración de justicia sujeto a la Corte de Apelaciones.

¿Qué puede hacer la Contraloría cuando un Conservador rechaza una regularización de título de dominio aceptada por una resolución administrativa?

En este caso, aunque no revisó el criterio del Conservador, la Contraloría instruyó al Ministerio de Bienes Nacionales, a través de su Secretaría Regional Ministerial, a adoptar las medidas necesarias para que la resolución que aceptó la solicitud pueda inscribirse.

¿El Ministerio de Bienes Nacionales debe entregar al Conservador los documentos que este le requiera para inscribir un título de regularización?

En este caso, la Contraloría indicó que el Ministerio debe acompañar todos los documentos requeridos por el Conservador, conforme a los artículos 10 y 11 del decreto ley N° 2.695 y a la facultad del Ministerio de solicitar información a dichos funcionarios.

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