Resumen
La Contraloría General de la República analizó un dictamen que cursa la resolución N° 108, de 2014, del Consejo de Defensa del Estado, mediante la cual se aplicó la medida disciplinaria de destitución a un funcionario acusado de tocaciones no consentidas a una alumna en práctica. El funcionario negó los hechos y reclamó la existencia de testigos de oídas y la desproporción de la sanción. El organismo desestimó sus impugnaciones: las declaraciones de la afectada y de cinco testigos, valoradas en conciencia conforme al artículo 35 de la ley N° 19.880, bastaban para sostener la decisión; además, el funcionario no presentó pruebas de descargo pese a tener esa prerrogativa. Sobre la proporcionalidad, reiteró que la calificación de la gravedad corresponde a la autoridad administrativa, y que sólo cabe objetarla ante infracciones al debido proceso, a la normativa o arbitrariedad, lo que no se advirtió. Por ello, la resolución fue considerada ajustada a derecho.