Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre un recurso de reconsideración interpuesto por la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, que sostenía que no debía concurrir al pago de honorarios médicos del Hospital de Carabineros porque sus imponentes ya cotizan el 1,5% de sus remuneraciones al Fondo para Hospitales, lo que implicaría un pago doble. El organismo contralor desestimó el recurso y ratificó su dictamen anterior. Consideró que el artículo décimo del decreto N° 509, en relación con sus artículos sexto y séptimo, obliga a la Dirección a concurrir al pago de honorarios por prestaciones en el Hospital y en otros centros de salud en los casos previstos, sin que el reglamento distinga la modalidad de contratación de los facultativos ni la fuente de los recursos con que se remuneran, y sin establecer excepciones a esa obligación.