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El recurrente dedujo acción constitucional de protección contra una Isapre y la Superin…

Resumen del criterio jurisprudencial

El recurrente dedujo acción constitucional de protección contra una Isapre y la Superintendencia de Salud por el alza unilateral de la prima GES. Estimó que el aumento era desproporcionado e injustificado, constituyendo un acto ilegal y arbitrario que vulneraba sus garantías de los numerales 9 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Solicitó que se dejara sin efecto la adecuación del precio o que se ajustara al precio correspondiente. La Corte Suprema señaló que el contrato de salud es un contrato tipo, por adhesión y parcialmente dirigido, con intervención de la autoridad pública. La prima GES había sido determinada por la Superintendencia de Salud tras un proceso previo, objetivo y fiscalizado, en resguardo de los intereses de los usuarios. En consecuencia, no se advirtió ilegalidad ni arbitrariedad, por lo que se confirmó la sentencia apelada que rechazó el recurso, sin costas.

(CIVIL) APELACIÓN PROTECCIÓNTERCERA, CONSTITUCIONAL

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.