Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra el Ejército de Chile, que había negado la entrega de la hoja de vida, calificaciones y demás antecedentes de dos funcionarios individualizados en la solicitud. El Consejo ordenó entregar copia digital en formato PDF, al considerar que no se justificó reemplazar ese formato por el soporte papel, especialmente cuando ello implicaba que el solicitante debiera asumir costos de reproducción. Conforme al principio de divisibilidad de la Ley de Transparencia, deberán tarjarse los datos personales de contexto, como domicilio, teléfono y patologías médicas, así como las sanciones efectivamente prescritas o cumplidas. El órgano debe cumplir en un plazo de cinco días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada y acreditar la entrega. Contra la resolución procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva.