Resumen del criterio jurisprudencial
La candidata a concejala por Santiago, Camila Fernanda Davagnino Reyes, reclamó contra la resolución del Servicio Electoral que aprobó con observaciones su cuenta general de ingresos y gastos electorales. Las observaciones incluyeron una descuadratura por $1.088.248, una diferencia de $3.000 en un gasto declarado, y propaganda en redes sociales no declarada. La reclamante no aportó el informe de actividades requerido, no justificó la omisión de documentos ni acreditó el financiamiento de los gastos a través del sistema de recepción de aportes. El Tribunal Calificador de Elecciones rechazó la reclamación por falta de antecedentes suficientes para superar los reparos. La decisión se fundó en que la candidata no cumplió con las exigencias legales de justificación y registro de gastos electorales.