Resumen
El Consejo para la Transparencia conoció un amparo de acceso a la información presentado por un particular contra la Municipalidad de Concepción, que requería copia de la documentación completa presentada para la obtención de permisos de edificación, otorgados desde 2010 para edificios de más de 12 pisos. La municipalidad sostuvo que no disponía de antecedentes distintos a los ya entregados al reclamante. El Consejo concluyó que la ley solo permite ordenar la entrega de información que obre en poder del órgano, contenida en actos, resoluciones, actas, expedientes, contratos o acuerdos, o en un formato o soporte determinado, y que no procede exigir información inexistente. Como el reclamante no aportó antecedentes que desvirtuaran la inexistencia alegada, el Consejo rechazó el amparo, unánimemente. Contra esta decisión procede el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos desde su notificación.