Resumen del criterio jurisprudencial
En los traspasos a la contrata dispuestos en virtud del artículo 15 de la ley N° 21.516, para determinar el grado cuya remuneración líquida mensualizada permita mantener los honorarios líquidos de los servidorres traspasados, se debe deducir de los honorarios únicamente la retención por concepto de impuesto a la renta