Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de San Miguel que había rechazado el recurso de amparo interpuesto por Patrick Gaspard, ciudadano haitiano, contra el Servicio Nacional de Migraciones. La autoridad migratoria había rechazado su solicitud de residencia definitiva mediante Resolución Exenta N° 24405609, ordenando su abandono del país y prohibición de ingreso, por no haber acompañado el certificado de antecedentes penales apostillado ni el comprobante de pago de multas. La Corte consideró que la Administración incumplió su obligación de proteger los derechos humanos y garantizar un procedimiento racional y justo, al basar su decisión en formalidades sin ponderar el arraigo familiar, laboral y social del solicitante, quien residía en Chile desde hacía varios años y ya había obtenido residencia temporal. Se concluyó que los fundamentos de la resolución carecían de razonabilidad y proporcionalidad, afectando la libertad personal garantizada constitucionalmente. En consecuencia, se acogió el amparo, dejando sin efecto el acto administrativo impugnado, la orden de abandono y la prohibición de ingreso, y se ordenó otorgar un nuevo plazo de 180 días para acompañar la documentación requerida, debiendo la autoridad ponderar los antecedentes conforme a los parámetros señalados.