Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la recusación por inhabilidad de un integrante de una Junta de Apelaciones de Carabineros de Chile, y sobre otras alegaciones formuladas por un funcionario desvinculado. Estableció que un hecho aislado no basta, por sí solo, para acreditar la inhabilidad alegada, sobre todo si no se aportan antecedentes de que el funcionario hubiera sido sancionado. Respecto del Reglamento de Selección y Ascensos, precisó que la norma permite, pero no obliga, incluir en la lista de méritos a personas con dolencias contraídas en actos del servicio. En cuanto a la inamovilidad, concluyó que la ley N° 6.174 solo la otorga a quien se acoge a reposo preventivo, lo que no se acreditó en el caso. Finalmente, ordenó a Carabineros adoptar las medidas necesarias para dar pronto término al sumario administrativo, si aún no se hubiera hecho. Con estas consideraciones, confirmó el dictamen previo.