Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la reclamación de un particular que cuestionaba actuaciones de Carabineros de Chile. Concluyó que, aunque se hubiese configurado algún vicio en el procedimiento administrativo notificado en 2012, ya no es posible invalidarlo porque transcurrió el plazo fatal de dos años que tiene la Administración para hacerlo. Sobre la supuesta omisión de denunciar ante los tribunales hechos constitutivos de delito, señaló que corresponde a cada órgano de la Administración del Estado ponderar si sus antecedentes le permiten atribuir la comisión de un delito e interponer las acciones pertinentes. Ratificó el dictamen previo N° 54.058, de 2014, por no haber nuevos antecedentes que lo modificaran, y desestimó la alegación de falta de imparcialidad de una funcionaria, por haberse estudiado toda la documentación. Finalmente, recordó que las peticiones a la autoridad deben formularse en términos respetuosos y convenientes, conforme al artículo 19 N° 14 de la Constitución.