Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Municipalidad de Olivar, que se había negado a entregar copia de un sumario administrativo. El órgano reclamado invocó la causal de reserva del artículo 21 N° 1 letra a) de la Ley de Transparencia, relativa a la afectación del debido cumplimiento de sus funciones, pero no aportó antecedentes que acreditaran cómo su entrega produciría esa afectación, tratándose además de antecedentes necesarios para defensas jurídicas y judiciales. Por ello, el Consejo desestimó la reserva y ordenó la entrega de la información, además de representar a la alcaldesa la infracción al artículo 14 de la ley y a los principios de facilitación y oportunidad, y de exigir acreditar el cumplimiento de lo ordenado.