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Se acoge el amparo deducido contra el Ministerio de Bienes Nacionales ordenándose la en…

Resumen del criterio jurisprudencial

Se acoge el amparo deducido contra el Ministerio de Bienes Nacionales ordenándose la entrega de la escritura de compraventa suscrita entre el Fisco de Chile y Carmen Paz y María Isabel Allende Bussi y, Maya Alejandra y Alejandro Salvador Fernández Allende, con fecha 30 de diciembre de 2024. Lo anterior, por cuanto si bien lo pedido forma parte de investigaciones en curso, atendida su naturaleza pública, según ha razonado este Consejo, no pasa a ser secreta o reservada por el solo hecho de que se acumule a un sumario u otro tipo de investigación; especialmente si no se ve frustrada la investigación que se lleve a cabo si es que se conociese o publicare la información pública requerida, desestimándose, por tanto, la hipótesis de reserva del privilegio deliberativo invocada por el organismo. Con todo, por estimarse que no puede desatenderse el hecho de que el instrumento pedido es de público conocimiento, al cual, tal como se ha indicado, han tenido acceso medios de comunicación pública, resultando, por tanto, inoficiosa su reserva. En virtud del principio de divisibilidad previo a la entrega de la información deberán tarjarse aquellos datos personales de contexto incorporados en la documentación requerida; ello en conformidad con lo dispuesto en la ley sobre protección de la vida privada y en cumplimiento de la atribución otorgada a este Consejo por la Ley de Transparencia. Con todo, en el evento de no existir este antecedente en poder del organismo, se deberá explicar y acreditar dicha situación en forma pormenorizada en sede de cumplimiento, de conformidad a la normativa aplicable en la especie.

amparoDecisión de FondoOtros

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.