Resumen
La Contraloría General de la República resolvió que el dictamen N° 33.220, de 2011, y el oficio N° 47.522 de ese mismo año siguen vigentes y deben ser aplicados por las autoridades de un establecimiento de salud, así como cumplidos por todos sus servidores obligados a presentar declaraciones de intereses y de patrimonio según los artículos 57 y 60 A de la ley N° 18.575, incluidos los profesionales funcionarios. Esta obligación alcanza a quienes se desempeñen hasta el nivel de jefe de departamento o equivalente, equivalencia que el organismo determina según el nivel remuneratorio. Por otra parte, se informa que cinco recursos de protección contra estos pronunciamientos fueron rechazados por las Cortes de Apelaciones de Antofagasta, S.V., decisiones confirmadas por la Corte Suprema, quedando pendientes otros casos. Los tribunales estimaron que los dictámenes no son ilegales, pues ejercen facultades constitucionales y legales para interpretar las leyes que rigen a la Administración del Estado. Finalmente, al no aportarse nuevos antecedentes, se desestimó la solicitud de reconsideración presentada.