Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre el reclamo de un ex funcionario de la Dirección de Movilización Nacional que cuestionaba la decisión de no renovar su contrata mientras se encontraba haciendo uso de licencia médica. El Organismo recordó que el personal de la entidad se rige por la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, y que los empleos a contrata expiran por el solo ministerio de la ley el 31 de diciembre de cada año, salvo prórroga propuesta con al menos 30 días de anticipación. Reiterando su jurisprudencia, concluyó que la licencia médica no impide el término de la contrata ni confiere inamovilidad. En consecuencia, dictaminó que la institución debe pagar las remuneraciones correspondientes a los días de licencia solo hasta la fecha en que se produjo legalmente el cese de funciones, circunstancia que, según el servicio, ya se habría cumplido.