Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre si el Ministerio de Vivienda y Urbanismo puede modificar el Plan Regulador Comunal de Peñalolén conforme al artículo 50 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, considerando que un plebiscito comunal había sometido a votación una modificación del mismo plan en igual sentido y que fue rechazada por la mayoría de los votantes. El órgano concluyó que ambas normas regulan materias distintas e independientes: el artículo 50 es un procedimiento excepcional de competencia ministerial para ejecutar proyectos de los Servicios de Vivienda y Urbanización, mientras que la Ley N° 18.695 establece una consulta ciudadana vinculante solo para la autoridad municipal, si vota más del 50% de los ciudadanos. Por ello, el resultado plebiscitario no priva al Ministerio de sus potestades de planificación territorial. En consecuencia, no observó inconveniente jurídico para que el Ministerio ejerza la facultad, siempre que realice una ponderación fundada de los hechos a partir de las solicitudes del respectivo Servicio. Asimismo, instruyó a la Secretaría Regional Ministerial Metropolitana a adoptar medidas para dar oportuno cumplimiento a sus requerimientos de informe.